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Reglamento del Programa CMR Puntos

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REGLAMENTO DEL PROGRAMA CMR PUNTOS

El Programa CMR Puntos es el programa de lealtad de Falabella Retail S.A., Sodimac S.A, Falabella.com SpA, Hipermercados Tottus S.A. en adelante todas ellas las “Sociedades”. Estas empresas han encargado a Servicios e Inversiones Falabella Limitada, en adelante “SIF”, la administración del Programa.

El Programa CMR Puntos permite a las personas que formen parte de él, acumular CMR Puntos, que en definitiva les permitirán canjear productos en los Comercios Adheridos, conforme a los requerimientos y procedimientos que se detallan a continuación.

Para consultas, sugerencias o reclamos, el canal de contacto es el sitio web cmrpuntos@falabella.cl. En caso de ser titular de tarjeta CMR o tarjeta débito Banco Falabella, el Socio Participante puede dirigirse además a cualquier oficina de Banco Falabella o CMR. En caso de no ser titular de alguna de dichas tarjetas, el canal de atención presencial para los Socios Participantes son las tiendas físicas de Falabella Retail, Hipermercados Tottus y Sodimac.

PRIMERO: DEFINICIONES

1.1.- “Adicional” o “Adicionales”: toda persona natural mayor de 18 años que haya sido autorizada como adicional de una Tarjeta de un Socio Participante titular de la Tarjeta.

1.2.- “Comercio Adherido”: comercio afiliado con el cual SIF haya suscrito un contrato “CMR Puntos”.

1.3.- “Comercios de Empresas Falabella”: significa cualquier persona jurídica que opere en Chile en la que Falabella S.A. controla, directamente o a través de otra persona natural o jurídica, más del 50% de su capital con derecho a voto, o del capital, si no se tratare de una sociedad por acciones; o pueda elegir o designar o hacer elegir o designar a la mayoría de sus directores, consejeros o administradores.

1.4.- “Compra” o “Compras”: la adquisición de bienes o contratación de servicios realizados en Comercios de Empresas Falabella y Otros Comercios. Se excluye de esta definición la contratación de créditos de cualquier naturaleza otorgados por bancos e instituciones financieras, y las transacciones asociadas a fondos mutuos, ahorros, y otros de similar naturaleza.

1.5.- “Aplicación Fpay”: Aplicación móvil correspondiente a la billetera digital de Digital Payments SpA.

1.6.- “Submedio de pago”: las Tarjetas u Otros Medios de Pago utilizado a través de una cuenta Fpay.

1.7.- “Saldo Fpay”: Saldo mantenido en cuenta de prepago Fpay. Saldo Fpay mantenido por Digital Payments Prepago S.A

1.8.- “Otros Comercios”: comercios afiliados a cualquier sistema de pago con tarjetas que acepte Tarjeta CMR o Tarjeta Débito, distintos a los Comercios de Empresas Falabella.

1.9.- “Otros Medios de Pago”: otras tarjetas de crédito y tarjetas de débito distintas de las Tarjetas, y/o dinero efectivo.

1.10.- “Programa CMR Puntos” o “Programa”: significa el programa cuyo reglamento se contiene en el presente documento.

1.11.- “Puntos”: son los puntos del Programa de Lealtad “Programa CMR Puntos”.

1.12.- “Socio Participante” o “Socios Participantes”: toda persona natural mayor de 18 años titular de alguna de las Tarjetas CMR o titular de alguna Tarjeta de Débito del Banco Falabella; los Adicionales de dichas Tarjetas; toda persona que esté inscrita al Programa CMR Puntos y realice compras con cualquier medio de pago en un Comercio Adherido o Comercio de Empresas Falabella y que entregue su número de cédula de identidad al momento de realizar el pago; y toda persona que realice compras a través de su Aplicación Fpay en Comercios de Empresas Falabella con cualquier medio de pago.

1.13.- “Tarjeta” o “Tarjetas”: la o las Tarjetas CMR, y/o Tarjeta de Débito, sean estas tarjetas de titulares o Adicionales.

1.14.- “Tarjeta CMR” o “Tarjetas CMR”: una cualquiera de las tarjetas de crédito emitida (s) por Promotora CMR Falabella S.A., sea esta tarjeta titular o adicional.

1.15.- “Tarjeta de Débito”: la tarjeta de débito del Banco Falabella, sea esta tarjeta titular o adicional.

SEGUNDO: ACCESO AL PROGRAMA CMR PUNTOS

Cada Socio Participante puede acceder al Programa CMR Puntos de acuerdo a las condiciones y términos establecidos en el presente Reglamento.

TERCERO: MECANISMOS DE INSCRIPCIÓN

Existen diversas instancias de inscripción al Programa CMR Puntos, que tienen lugar en distintos momentos de interacción de una persona con los Comercios de Empresas Falabella, en los cuales ésta puede manifestar su intención de convertirse en Socio Participante, aceptando las condiciones del Programa CMR Puntos. Algunos mecanismos de inscripción son: inscripción en cmrpuntos.cl y aceptación al momento de contratar un producto o servicio en un Comercio de Empresas Falabella. Los datos personales que entregue la persona al momento de inscribirse serán tratados de acuerdo a lo establecido en la Política de Privacidad del Programa CMR Puntos.

CUARTO: PROCEDIMIENTO DE ACUMULACIÓN DE PUNTOS

4.1.- Acumula puntos cada Compra que un Socio Participante realice: 1) en los Comercios de las Empresas Falabella y en Otros Comercios, ya sea en Chile o en el extranjero, en los cuales el medio de pago utilizado para la Compra sea alguna de las Tarjetas; 2) utilizando Otros Medios de Pago en Comercios de las Empresas Falabella o en Comercios Adheridos, siempre que, al momento de realizar su compra, le indique al comercio que corresponda el número de su cédula de identidad y esté inscrito previamente en el Programa de Puntos; y, 3) realizando compras a través de la Aplicación Fpay, en comercios de Empresas Falabella o Comercios Adheridos y esté inscrito previamente en el Programa de Puntos.

4.2.- Las Compras que realicen los titulares de las Tarjetas y sus Adicionales acumularán Puntos en la cuenta del titular de las respectivas Tarjetas.

4.3.- Permitirán acumular Puntos las Compras realizadas con las Tarjetas en que el cliente solicite la emisión de factura, de conformidad al detalle que se indica en el presente Reglamento.

4.4.- SIF abonará dentro de un máximo de diez días hábiles siguientes a la fecha y hora de la transacción efectuada por el Socio Participante, los puntos correspondientes en la cuenta de CMR Puntos del Socio Participante.

4.5.- Si por alguna circunstancia un Socio Participante devolviese mercaderías adquiridas o anulara transacciones efectuadas, y por ende se reversare el cargo respectivo en las Tarjetas, o se produjere la devolución del dinero, los Puntos acumulados al momento de la compra o transacción serán descontados de la cuenta de Puntos del Socio Participante. Si, como consecuencia de la Compra de las mercaderías que posteriormente el Socio Participante devolvió, o de la anulación de una transacción efectuada, éste hubiese acumulado Puntos suficientes para efectuar algún canje, y no tuviere más Puntos a que imputar el premio obtenido, junto con la devolución de la mercadería adquirida, el Socio Participante deberá restituir el premio obtenido. Si no lo hiciere, SIF quedará facultada para descontar de los Puntos que acumule en compras posteriores, los Puntos utilizados para el canje del referido premio. Si ello no fuere posible, antes del término de vigencia del Programa CMR Puntos, al Socio Participante se le cargará en la Tarjeta que corresponda el precio del producto canjeado con los Puntos, quedando el Socio Participante obligado a pagar tal importe.

4.6.- El Programa actual puede ser ampliado en cualquier momento con respecto al ámbito de su aplicación, extendiéndose la posibilidad de acumular Puntos por las Compras efectuadas en otros comercios que en el futuro se puedan adherir al Programa CMR Puntos. SIF comunicará estas modificaciones por los medios que estime más convenientes, velando siempre por mantener debidamente informados a los Socios Participantes.

4.7.- En el evento que la Tarjeta o las Tarjetas, según corresponda sea(n) bloqueada(s) por causa de su emisor:

4.7.1.- Para los casos de mora con Promotora CMR Falabella S.A., así como con Banco Falabella, los CMR Puntos acumulados con las Tarjetas quedarán inhabilitados para ser utilizados hasta que el Socio Participante regularice su situación de morosidad. Para lo anterior, los puntos continuarán con su proceso de vigencia, pudiendo vencerse y, por tanto, perderse, durante el transcurso de la mora.

4.7.2.- Para los casos de cuentas castigadas (esto es, a partir de los 180 días de mora) el Socio Participante perderá los Puntos acumulados hasta la fecha del castigo, no pudiendo recuperarlos una vez regularizada dicha cuenta.

4.8.- En los casos en que la Tarjeta CMR del Socio Participante sea bloqueada por solicitud del Socio Participante o de su Adicional, quedará suspendida la facultad de efectuar canjes de premios hasta que la Tarjeta CMR sea desbloqueada, siempre que ello ocurra durante la vigencia del Programa. En casos de robo, hurto y/o extravío de la Tarjeta CMR, desde el aviso correspondiente, la cuenta de Puntos se bloqueará automáticamente hasta que al Titular se le emita una nueva Tarjeta CMR. En tal caso, los Puntos acumulados en la Tarjeta CMR respectiva serán traspasados a la nueva cuenta del titular.

4.9.- Si el titular o Adicional no diere aviso oportuno del robo, hurto o extravío de la Tarjeta o de las Tarjetas, según corresponda, conforme lo establece el contrato de apertura de línea de crédito de las Tarjetas CMR y/o el Reglamento de Uso de la Tarjeta del Banco Falabella, y/o en el contrato de cuenta corriente o cuenta vista, según corresponda, SIF no será responsable del uso de los Puntos acumulados en su cuenta por parte de terceros sino en los casos en los que de acuerdo a la ley le corresponda asumir dicha responsabilidad, cumpliéndose los supuestos contemplados en ella.

La inhabilitación de los Puntos a que hace referencia esta cláusula aplicará también al cliente que pague con Otros Medios de Pago, en caso de mantener éste alguna de las Tarjetas, pero sólo respecto de los Puntos obtenidos con esas Tarjetas. Es decir, quedarán inhabilitados para el canje el total de los Puntos que el Socio Participante mantenga acumulados, originados con las Tarjetas.

QUINTO: ESCALA DE PUNTOS

5.1.- Las siguientes Compras y transacciones dan derecho a acumulación, de acuerdo al monto de la transacción:

5.1.1.- Las Compras realizadas en Comercios de Empresas Falabella con una de las Tarjetas.

5.1.2.- Las Compras realizadas en Otros Comercios en Chile con una de las Tarjetas.

5.1.3.- Las Compras realizadas en Otros Comercios en el extranjero (en adelante las “Compras Internacionales”) con una de las Tarjetas.

5.1.4.- Los cargos asociados a los pagos automáticos mensuales (PAT) a alguna de las Tarjetas, considerando las exclusiones del artículo séptimo.

5.1.5.- Las Compras realizadas en un Comercio Adherido y/o Comercios de Empresas Falabella, pagando con Otros Medios de Pago.

5.2.- Escala de Puntos

Tipo tarjeta

Comercio

Monto en pesos ($)

Número de puntos

Tarjetas CMR

Comercios de Empresas Falabella excepto Seguros Falabella Corredores Limitada y Compras en Comercios Empresas Falabella en el extranjero.

$200

1

Tarjetas CMR

Seguros Falabella Corredores Limitada

$600

1

Tarjetas CMR

Otros Comercios*

$300

1

Tarjetas CMR

Compras internacionales

$300

1

Tarjetas CMR

PAT de comercios que no son Comercios Empresas Falabella

$300

1

Tarjeta de Débito de Banco Falabella

Seguros Falabella Corredores Limitada

$900

1

Tarjetas de Débito Banco Falabella

Comercios de Empresas de Falabella

$500

1

Tarjetas de Débito Banco Falabella

Otros Comercios*

$750

1

Tarjetas de Débito Banco Falabella

Compras internacionales

$750

1

Otros Medios de Pago

Comercio Adherido

$750

1

Saldo Fpay

Comercios de Empresas Falabella excepto Seguros Falabella Corredores Limitada

$500

1

Saldo Fpay

Seguros Falabella Corredores Limitada

$900

1

Saldo Fpay

Otros comercios*

$750

1

* Adicionalmente, en el caso de otros comercios, la acumulación podría ser más favorable para el cliente dependiendo de los acuerdos comerciales que tenga SIF con el respectivo comercio adherido.

5.3.- A modo de ejemplo y como referencia, una Compra de $9.000 (nueve mil pesos) pagada con las Tarjetas CMR en los Comercios de Empresas Falabella da derecho a acumular 45 Puntos. Una Compra por el mismo monto recién indicado efectuada con las Tarjetas CMR en Otros Comercios da derecho a acumular 30 Puntos. No se acumularán Puntos en Compras por montos fraccionados, sino que solo se acumularán Puntos al alcanzar, cada vez, el entero del tramo indicado. Es decir, en relación con el ejemplo anterior, tratándose de una Compra por $9.100 (nueve mil cien pesos), no se acumularían Puntos proporcionales ni adicionales por los $100 (cien pesos) que exceden de los $9.000 (nueve mil pesos), sino solo hasta alcanzar el siguiente tramo; $9.200 o $9.300, respectivamente.

5.4.- En caso de que las Compras en Comercios de Empresas Falabella u Otros Comercios sean efectuadas con las Tarjetas CMR y se solicite la emisión de factura al comercio respectivo, siempre se acumulará 1 (un) Punto cada $300 (trescientos pesos). Asimismo, en caso de Compras en Comercios de Empresas Falabella efectuadas con las Tarjetas de Débito de Banco Falabella y se solicite la emisión de factura al comercio respectivo, siempre se acumulará 1 (un) Punto cada $750 (setecientos cincuenta pesos). En todos los casos anteriormente descritos, la acumulación de Puntos se efectuará con las limitaciones establecidas en este Reglamento.

5.5.- Para las Compras realizadas con las Tarjetas en el extranjero, la tasa de cambio corresponderá a la fijada por el operador de la tarjeta en el país de origen de las Compras al momento de la Compra.

5.6.- Las Compras realizadas con la modalidad cuotas precio contado que sean efectuadas en los Comercios de Empresas Falabella con las Tarjetas CMR, acumularán Puntos sólo por el monto equivalente al saldo de precio efectivamente cargado a las Tarjetas CMR, excepto aquellos casos en que la cuota contado sea superior a un 33% e inferior a un 35% del valor total de la Compra. En tal situación, el Socio Participante obtendrá los Puntos correspondientes al total del valor de la Compra efectuada. En ningún otro caso se considerará para el cálculo de los Puntos aquella parte del precio que sea pagada en dinero efectivo. Por lo tanto, quedan excluidas de dicho cálculo las sumas de dinero que correspondan al pie de la Compra realizada.

5.7.- Se deja constancia que, en virtud de alianzas que SIF pueda convenir con otras empresas, el Socio Participante podrá obtener Puntos para ser canjeados en aquellas empresas, lo que será informado debidamente, conjuntamente con las condiciones adicionales que puedan resultar aplicables.

5.8.- SIF podrá efectuar actividades promocionales relacionadas con la acumulación de Puntos, distintas de las establecidas en el presente Reglamento, las que serán debidamente informadas en www.cmrpuntos.cl, www.bancofalabella.cl, y/o a través de los distintos canales de las Empresas Falabella.

SEXTO: ACUMULACION ADICIONAL DE PUNTOS

6.1.- Las siguientes compras dan derecho a la acumulación de Puntos, adicionales a los especificados en la cláusula anterior, de acuerdo al monto de la transacción:

6.1.1.- Las Compras realizadas en Comercios de Empresas Falabella a través de la Aplicación Fpay.

6.1.2.- Las Compras realizadas en Otros Comercios en Chile a través de la Aplicación Fpay, con las Tarjetas o con Saldo Fpay, excluyendo las compras con otros medios de pago.

6.2.- Escala de Puntos adicionales

Submedio de pago

Comercio

Monto en pesos ($)

Número de puntos

Tarjetas CMR

Comercios de Empresas Falabella excepto Seguros Falabella Corredores Limitada

$2000

1

Tarjetas CMR

Seguros Falabella Corredores Limitada

$6000

1

Tarjetas CMR

Otros Comercios

$3000

1

Tarjetas de Débito Banco Falabella

Comercios de Empresas Falabella excepto Seguros Falabella Corredores Limitada

$5000

1

Tarjeta de Débito de Banco Falabella

Seguros Falabella Corredores Limitada

$9000

1

Tarjetas de Débito Banco Falabella

Otros Comercios

$7500

1

Otros Medios de Pago

Comercios de Empresas Falabella

$7500

1

Saldo Fpay

Comercios de Empresas Falabella excepto Seguros Falabella Corredora Limitada

$5000

1

Saldo Fpay

Seguros Falabella Corredora Limitada

$9000

1

Saldo Fpay

Otros Comercios

$7500

1

6.3.- Siguiendo el ejemplo indicado en la sección 5.3 precedente, una Compra por $10.000 (diez mil pesos) pagada con la Aplicación Fpay, utilizando como medio de pago una Tarjeta CMR en los Comercios de Empresas Falabella, da derecho a acumular 5 puntos adicionales a los 50 Puntos por utilizar Tarjetas CMR. No se acumularán Puntos en Compras por montos fraccionados, sino que solo se acumularán Puntos al alcanzar, cada vez, el entero del tramo indicado.

6.4.- Las acumulaciones adicionales de Puntos estarán sujetas a las mismas restricciones de la acumulación de Puntos señalados en este Reglamento.

6.5.- Las acumulaciones adicionales de Puntos se verán reflejadas en un plazo de 30 días, contados desde la fecha de la respectiva Compra.

SÉPTIMO: EXCLUSIONES DE ACUMULACIÓN DE PUNTOS

7.1.- No dan derecho a la acumulación de Puntos:

7.1.1.- Los giros de avances y súper avances en efectivo solicitados por los Socios Participantes, tanto nacionales como internacionales.

7.1.2.- Las renegociaciones de los créditos adeudados o las reprogramaciones de los mismos.

7.1.3.- Los pagos por montos asociados a créditos de cualquier naturaleza otorgados por Bancos e Instituciones Financieras.

7.1.4.- Las transacciones asociadas a fondos mutuos, ahorros, compañías de seguros, y otros de similar naturaleza.

7.1.5.- Los cargos destinados a ahorro convenido con el Banco Falabella respecto de las Tarjetas.

7.1.6.- Pagos realizados con Tarjetas de Crédito o Tarjetas de Débito ante el Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la República, Municipalidades del país o cualquier otro organismo público.

7.1.7.- Las Compras realizadas en Casinos de Juego, incluido los virtuales, establecidos tanto en Chile como en el extranjero.

7.1.8.- Los pagos de Impuesto al Valor Agregado (IVA) y todo otro tributo que deba ser pagado a través del Formulario N°29 emitido por el Servicio de Impuestos Internos.

7.1.9.- Los PAT contratados para abonar o cargar, según sea el caso, en las Tarjetas montos por ahorro desde o hacia cuentas de otras instituciones financieras o aseguradoras.

7.1.10.- Los PAC cargados en la Tarjeta de Débito de Banco Falabella para pago de una o más cuotas de crédito de consumo.

7.1.11.- Los pagos de otras tarjetas de crédito con las Tarjetas.

7.1.12.- Las compras que realicen los Socios Participantes en los Comercios Adheridos con Otros Medios de Pago, con factura, con excepción de las compras en tiendas Sodimac, en cuyo caso podrán acumular con factura únicamente cuando el número de RUT sea inferior a cuarenta y ocho millones.

7.1.13.- Las compras realizadas con Gift Cards canjeadas con Puntos.

7.1.14.- Toda transferencia de dinero desde las Tarjetas, incluidas aquellas realizadas a través de la Aplicación Fpay o cualquier APP o billeteras digitales por ejemplo: MACH, Tenpo, Superdigital u otras que defina SIF para tal efecto.

7.1.14.- Las recargas de dinero al saldo de la Aplicación Fpay o cualquier APP o billeteras digitales por ejemplo: MACH, Tenpo, Superdigital u otras que defina SIF para tal efecto, desde cualquier medio de pago, Tarjeta CMR o Tarjeta de Débito Banco Falabella.

7.1.15.- Todo tipo de transacciones relacionadas a giros o movimientos fraudulentos, específicamente y sin significar restricción alguna a los que se encuentren dentro de lo dispuesto en la Ley 20.009, así como cualquier transacción que el Socio Participante, Titular o adicional de las Tarjetas u Otros Medios de Pago desconozca.

OCTAVO: LIMITACIONES A LA ACUMULACIÓN DE PUNTOS

8.1.- En el caso de los Socios Participantes que sean titulares de Tarjeta CMR, la acumulación de Puntos en cada periodo mensual de facturación operará hasta el monto del cupo autorizado por Promotora CMR Falabella S.A. al momento del inicio del respectivo período de facturación. Esto aplicará para todas las compras y pagos realizados en pesos chilenos en cada periodo. Los abonos que se efectúen durante el período mensual de facturación, aunque confieran nuevas disponibilidades sobre los cupos autorizados, no habilitan la acumulación de mayor cantidad de Puntos.

Las promociones de bonificación de puntos no estarán sujetas al límite de monto del cupo disponible.

8.2.-Los Socios Participantes, titulares y/o Adicionales que acumulen Puntos por la utilización de Tarjeta de Débito, tendrán un tope máximo mensual de acumulación de 15.000 Puntos por el uso de dicha tarjeta, lo que no impide una mayor acumulación de Puntos por la utilización de los Otros Medios de Pago señalados en este Reglamento. En caso de que la acumulación de puntaje exceda el límite antes mencionado por el uso de Tarjeta de Débito, el Socio Participante autoriza la reversa o descuento de los Puntos acumulados en exceso, los que se entenderán como no devengados y no se adicionarán para ninguno de los períodos consecutivos.

8.3.-La acumulación de Puntos con Otros Medios de Pago tendrá un tope máximo de 15.000 CMR Puntos mensuales.

NOVENO: CANJE DE PUNTOS

9.1.- El Socio Participante tendrá derecho a efectuar canjes de productos o servicios, cupones de descuento en comercios asociados, Gift Cards, canjear bajo la modalidad bajo la modalidad “Puntos más Pesos”, u otros, según los Puntos que tenga acumulados, y conforme a los catálogos de premios que publique o dé a conocer SIF u otro canal que se defina al efecto.

9.2.- En ningún caso los Puntos acumulados en una cuenta pueden ser transferidos a otra.

9.3.- Todo Socio Participante, para ser parte del Programa CMR Puntos, acumular y canjear Puntos, deberá previamente inscribirse en el Programa completando el formulario dispuesto para el efecto en www.cmrpuntos.cl, www.falabella.cl, www.sodimac.cl, www.tottus.cl, www.linio.cl, www.mallplaza.com o en cualquiera de las aplicaciones móviles de Falabella Retail S.A., Falabella.com SpA, Hipermercados Tottus S.A. Sodimac S.A., Fazil SpA, o por medio de cualquier otro canal que SIF haya dispuesto para ello.

9.4.- Para efectuar canje de puntos de manera presencial, el Socio Participante que sea cliente de Promotora CMR Falabella S.A. o Banco Falabella deberá presentar su Tarjeta CMR o Banco Falabella y su documento de identidad de acuerdo a lo señalado en el presente Reglamento. En el caso de los Socios Participantes que no sean titulares de una Tarjeta CMR o de Banco Falabella y que estén inscritos al programa CMR Puntos, podrán realizar los canjes de manera presencial presentando su documento de identidad vigente.

Para efectuar el canje de manera no presencial, el Socio Participante titular de Tarjeta CMR deberá ingresar a su sitio privado en www.bancofalabella.cl o a su cuenta CMR Puntos en www.cmrpuntos.cl ingresando con su Rut y Clave Internet. En el caso de Los Socios Participantes que no sean titulares de una Tarjeta CMR o de Banco Falabella y que estén inscritos al programa CMR Puntos deben ingresar a su Cuenta CMR Puntos en www.cmrpuntos.cl indicando su Rut y Clave CMR Puntos.

De manera presencial, sólo se podrán canjear Puntos por Productos de las tiendas de Hipermercados Tottus S.A., Falabella Retail S.A. y Sodimac S.A.

De manera no presencial, se podrá canjear Gift Cards Digitales para ser usadas en Tiendas Falabella, Sodimac o Hipermercados Tottus o en Falabella.com (exclusivamente productos vendidos por Falabella Retail). Además, según se informe de tiempo en tiempo, podrás canjear experiencias, cupones de descuentos, productos online, viajes o a través de la modalidad de Puntos más Pesos.

Sin perjuicio de lo anterior, SIF podrá habilitar otras formas de canje en canales no presenciales, los que serán debidamente informados.

9.5.- El Socio Participante cliente de CMR o de Banco Falabella podrá, canjear sus puntos bajo la modalidad “Puntos más Pesos” cuando ésta esté disponible, debiendo pagar el monto en pesos (copago) con alguna de sus Tarjetas.

9.6.- Para la utilización de la modalidad “Puntos más Pesos”, CMR informará respecto de los productos disponibles, y otras restricciones aplicables. Podrán existir productos respecto de los cuales, para el canje, no podrá aplicarse la modalidad “Puntos más Pesos”.

9.7.- Los clientes que se encuentren en mora por no pagar un producto de Banco Falabella o Promotora CMR Falabella S.A., dentro de los plazos establecidos, no podrán realizar el canje de los Puntos obtenidos conforme a este Reglamento. Sin perjuicio de ello, el cliente podrá disponer de los Puntos obtenidos con otros medios de pago en Comercios Adheridos. La anterior limitación dejará de tener efecto al momento en que dicho cliente se ponga al día en sus respectivas obligaciones.

9.8.- Las claves de acceso y canje son personales e intransferibles, siendo responsabilidad del Socio Participante el debido resguardo y utilización de la misma, no cabiéndole a SIF responsabilidad por el mal uso o entrega a terceros, de conformidad a la Ley N° 20.009.

DÉCIMO: RESTRICCIONES A LOS CANJES

10.1.- No podrán canjearse Gift Cards bajo la modalidad Puntos más Pesos.

10.2.- SIF publicará, con la periodicidad que estime necesaria, uno o más catálogos que detallarán los premios a que podrán acceder los Socios Participantes de acuerdo a los Puntos acumulados por ellos. Tal catálogo estará disponible en www.bancofalabella.cl, www.cmrpuntos.cl y en otros medios que se definan en el futuro, y que serán debidamente informados.

10.3.- SIF se reserva el derecho de modificar total o parcialmente los catálogos de premios, lo cual será informado antes de que los cambios comiencen a regir, en www.bancofalabella.cl, www.cmrpuntos.cl u otros sitios web que serán debidamente informados. La oferta de los premios que contenga cada catálogo tendrá vigencia según las fechas publicadas en el mismo, o hasta la fecha en que se hubieren agotado las unidades disponibles para canje que hayan sido informadas, lo que ocurra primero. Sin perjuicio de lo anterior, podrá ofrecer otros premios similares.

10.4.- SIF se reserva el derecho de confeccionar catálogos especiales de productos dirigidos a ciertos grupos objetivos de Socios Participantes.

10.5.- Efectuado el canje, inmediatamente se rebajará de la cuenta de puntos respectiva el puntaje utilizado al efecto.

DÉCIMO PRIMERO: VIGENCIA DEL PROGRAMA Y DE LOS PUNTOS

11.1- El Programa se extenderá indefinidamente, sin perjuicio de la facultad de SIF para ponerle término si así le instruyeren las Sociedades, hecho que comunicará oportunamente a los Socios Participantes con un plazo mínimo de 3 meses de anticipación. Para los Socios Participantes, la acumulación de Puntos comenzará con la utilización de las Tarjetas o de la Aplicación Fpay, en cualquiera de las Compras que otorgan Puntos, de conformidad a lo señalado en el presente instrumento, salvo el caso de los Socios Participantes que realicen compras en un Comercio Adherido con Otros Medios de Pago, quienes acumularán puntos por la compra en los Comercios Adheridos independientemente del medio de pago utilizado, siempre que estén inscritos en el Programa e indiquen su número de cédula de identidad al momento de realizar la compra. Para canjear los Puntos acumulados deberán estar inscritos en el Programa.

11.2.- Los Puntos obtenidos en cada Compra o abono promocional realizado durante la duración del Programa, tendrán por regla general una vigencia de 12 meses. Los Puntos no canjeados al finalizar dicho período, serán descontados de la cuenta. En atención a lo anterior, el Socio Participante deberá canjear sus Puntos dentro del nivel alcanzado, si es que hubiese alcanzado alguno, dentro del plazo de vigencia de los mismos, de lo contrario perderá los Puntos acumulados. En el caso de los Socios Participantes que tengan la calidad de Premium o Elite, y de los Socios Participantes titulares de la tarjeta de crédito CMR Falabella Platinum y/o CMR Falabella Signature o Elite, la vigencia de los puntos será de 24 meses desde su acumulación.

DÉCIMO SEGUNDO: METODOLOGÍA DE CANJE DE PUNTOS

12.1.- El Socio Participante, tanto titular como Adicional podrá:

12.1.1. Canjear presencialmente: de esta forma, se podrán canjear los Puntos por Gift Cards o por productos disponibles según los catálogos vigentes. En este caso, deberán presentarse personalmente en los centros de canje o cajas habilitados, en tiendas Falabella, Sodimac Homecenter y Tottus, con la Tarjeta y su documento de identidad, o sólo con este último en el caso de los Socios Participantes que no sean clientes CMR que realicen compras con Otros Medios de Pago en Comercios de Empresas Falabella o en un Comercio Adherido. En el futuro, SIF podrá habilitar otros lugares para el canje, como tiendas adheridas, lo que será debidamente comunicado a los Socios Participantes. En todo caso, tratándose de ciertos productos incluidos en el catálogo de canje, éste podrá indicar el lugar en que deberá efectuarse el canje.

Cuando los Socios Participantes que no sean clientes de CMR deseen realizar canjes que signifiquen la utilización de 9.000 puntos o más, se realizará una validación previa por medio de un SMS enviado al teléfono móvil que el Socio Participante haya registrado.

12.1.2.- Canjear online en la página Web www.cmrpuntos.cl y,o en otras plataformas que SIF defina: de esta forma, se podrán canjear los puntos por gift cards virtuales, cupones de descuento, viajes o servicios. En el caso que se canjeen gift cards por esta modalidad, el voucher contendrá el código de barra o identificador único de la gift card. Para hacer efectivo estos canjes el cliente debe tener una cuenta CMR activa junto con su clave de internet y/o clave dinámica enviada por SMS o entregada a través de la app Banco Falabella.

También podrán canjearse los puntos a través de gift cards virtuales contenidas en la app Banco Falabella, en el caso de clientes CMR, u otras plataformas digitales según lo disponga SIF, las que no requerirán ser imprimidas y se utilizarán mediante la validación de un código de barra.

12.2.- El Socio Participante, en caso de canje presencial, deberá firmar un documento que comprobará el retiro del o de los productos por parte del mismo. Dicho documento será emitido en duplicado, quedando una copia en poder del Socio Participante y la otra en poder de SIF, a través del personal que intervenga en el canje. El premio solicitado le será entregado en forma inmediata. Si eligiese un canje que incluya la obtención de algún servicio, SIF tendrá un plazo de 10 días para gestionar la prestación del mismo, lo que quedará registrado en un documento que expedirá al momento del canje respectivo.

12.3.- En el caso de canje de servicios, SIF podrá aplicar ciertas restricciones las que serán comunicadas debidamente y de forma previa a los Socios Participantes.

12.4.- Las garantías de los productos o servicios canjeados, si correspondiere, serán honradas por los fabricantes o por la empresa proveedora del producto o servicio canjeado, según corresponda, y se regirán por las condiciones particulares establecidas por los mismos. A los productos canjeados aplicarán la garantía legal y garantía voluntaria, según correspondieren, de acuerdo a las reglas generales.

12.5.- En el caso del canje de las suscripciones a diarios o revistas, éstas se encuentran disponibles sólo para las direcciones y de acuerdo a las condiciones que en dichos canjes se ofrezca e informe oportunamente. En todo caso, la entrega de la suscripción es de absoluta responsabilidad de la empresa correspondiente que otorga la suscripción.

DÉCIMO TERCERO: CONTROL DE PUNTOS ACUMULADOS

13.1.- El Socio Participante podrá informarse del puntaje acumulado en el estado de cuenta de su Tarjeta CMR y/o Tarjeta Débito Banco Falabella, si contara con alguna de éstas, el que contendrá el puntaje acumulado hasta la fecha que se indique en el mismo estado de cuenta. También podrá consultar el puntaje acumulado en los mesones de atención a clientes CMR, Banco Falabella, en las Tiendas Falabella, Sodimac Homecenter e Hipermercados Tottus, en www.bancofalabella.cl o en www.cmrpuntos.cl y en las aplicaciones móviles de CMR Falabella, Banco Falabella y App Fpay.

13.2.- Si el Socio Participante estimare la existencia de diferencias entre los Puntos acumulados en su cuenta y lo que el Socio Participante considera tener acumulado, podrá requerir de SIF una revisión detallada de los mismos. Para tales efectos, podrá realizar el requerimiento a través del sitio www.cmrpuntos.cl o al correo electrónico cmrpuntos@falabella.cl detallando su caso o en cualquiera de los canales de servicio al cliente que SIF haya dispuesto al efecto.

13.3.- En caso de no estar satisfecho con la revisión efectuada, el Socio Participante podrá exhibir las boletas por las Compras que aparentemente no hubieren sido registradas, por lo que será de exclusiva responsabilidad del Socio Participante conservar las boletas de cada Compra. En caso de no contar con esta documentación para respaldar un reclamo, se dará por válida la información proveniente del Programa CMR Puntos.

13.4.- Los errores en la información que se le proporcione al Socio Participante, en cuanto al número de Puntos acumulados, que sean detectados por los sistemas computacionales de CMR Puntos, serán corregidos en tanto se detecten y, por lo tanto, su inclusión no autoriza al Socio Participante a hacer uso de ellos, debiendo esperar que su situación sea regularizada.

DÉCIMO CUARTO: CATEGORÍAS

14.1. El Socio Participante podrá acceder a categorías de CMR Puntos, de acuerdo al saldo de puntos que tenga acumulado y/o monto de compras, mediante las cuales podrán acceder a distintos beneficios según cada categoría.

14.2. Las categorías son: i) Fan; ii) Premium, y; iii) Elite.

14.3 La vigencia de la categoría FAN, PREMIUM O ELITE se extenderá desde la obtención de los CMR Puntos hasta el 31 de diciembre del año siguiente al de la obtención de la categoría. Por ejemplo, si el Socio Participante adquirió la categoría el 3 de marzo del año 2021, será Socio Participante categoría FAN hasta el 31 de diciembre del año 2022

No se considerarán para la obtención de las categorías, los CMR Puntos adquiridos en el contexto de campañas promocionales de doble acumulación, promociones y/o bonificaciones de puntos.

  1. Fan

Para adquirir la categoría FAN, el Socio Participante deberá acumular en un año calendario, esto es, del 1° de enero al 31 de diciembre, a lo menos 5.000 CMR Puntos y/o realizar compras por a lo menos $900.001, con las Tarjetas o cualquier medio de pago entregando el número de RUT al momento de la compra, habiéndose inscrito previamente en el Programa por alguna de las vías dispuesta al efecto.

Dicha acumulación o compras deberán ser realizadas exclusivamente en los siguientes comercios: Falabella Retail, Homecenter Sodimac, Hipermercados Tottus, Tiendas Juan Valdez, Imperial, Falabella.com, Linio.cl, Sodimac.com, Tottus.cl o en la aplicación Fazil.

  1. Premium

Para adquirir la categoría Premium, el Socio Participante deberá cumplir con alguna de estas condiciones:

  1. Acumular, en un año calendario, esto es, del 1° de enero al 31 de diciembre, a lo menos 15.000 CMR Puntos por compras realizadas con cualquier medio de pago exclusivamente en los siguientes comercios: Falabella Retail, Homecenter Sodimac, Hipermercados Tottus, Tiendas Juan Valdez, Falabella.com, Linio.cl, Sodimac.com, Tottus.cl o en la aplicación Fazil.
  2. Adquirir una Tarjeta de Crédito CMR Falabella Premium.
  3. Acumular, en un año calendario, esto es, del 1° de enero al 31 de diciembre a lo menos 15.000 CMR Puntos por compras realizadas con Tarjeta de Crédito CMR Falabella y/o Tarjeta de Débito Banco Falabella en cualquier comercio.

Además, los puntos de esta categoría tendrán una vigencia de 2 años.

Asimismo, los Socios Participantes que obtengan esta categoría por llegar a 15.000 CMR Puntos en un año calendario tendrán un 50% de descuento en el costo de administración de la Tarjeta CMR Falabella Premium.

  1. Elite

Para adquirir la categoría Elite, el Socio Participante deberá cumplir con alguna de estas condiciones:

  1. Acumular, en un año calendario, esto es, del 1° de enero al 31 de diciembre, a lo menos 50.000 CMR Puntos por compras realizadascon cualquier medio de pago exclusivamente en los siguientes comercios: Falabella Retail, Homecenter Sodimac, Hipermercados Tottus, Tiendas Juan Valdez, Falabella.com, Linio.cl, Sodimac.com, Tottus.cl o en la aplicación Fazil.
  2. Adquirir una Tarjeta de Crédito CMR Falabella Elite.
  3. Acumular en un año calendario, esto es, del 1° de enero al 31 de diciembre, a lo menos 50.000 CMR Puntos por compras realizadas con Tarjeta de Crédito CMR Falabella y/o Tarjeta de Débito Banco Falabella en cualquier comercio.

Además, los puntos de esta categoría tendrán una vigencia de 2 años. Asimismo, los Socios Participantes que obtengan esta categoría por llegar a los 50.000 CMR Puntos en un año calendario tendrán un 100% de descuento en el costo de administración de la Tarjeta CMR Falabella Elite.

14.4. Los beneficios entregados por las categorías son independientes de aquellos que se otorgan o se pueden otorgar exclusivamente por la tenencia de Tarjetas de crédito CMR Falabella.

DÉCIMO QUINTO: CONSIDERACIONES GENERALES

15.1.- La participación en el Programa CMR Puntos está sujeta a las condiciones establecidas en el presente Reglamento y a la Política de Privacidad del Programa CMR Puntos, disponible en www.cmrpuntos.cl.

Sólo se tratará la información personal de los Socios Participantes con una base de legalidad adecuada y en conformidad con la Política de Privacidad del Programa CMR Puntos, que explica para qué tratamos y cómo protegemos los datos personales, y entrega toda la información necesaria para que el Socio Participante del Programa conozca y pueda ejercer sus derechos como titular de sus datos personales.

15.2.- Para cancelar la inscripción al Programa CMR Puntos los Socios Participantes deben enviar un correo a la casilla cmrpuntos@falabella.cl.

15.3.- El abuso o uso indebido del Programa CMR Puntos, el incumplimiento de lo establecido en el presente Reglamento o el fraude, producirá la eliminación de los Puntos acumulados, así como la expulsión inmediata del Socio Participante del Programa, sin derecho a compensación alguna respecto de los Puntos acumulados, y sin perjuicio del ejercicio de las acciones legales que pudieren corresponderle a SIF.

15.4.- Por el fallecimiento del Socio Participante se extinguirá ipso facto el derecho para canjear los Puntos acumulados.

15.5.- Las condiciones establecidas en el presente Reglamento pueden ser variadas total o parcialmente por parte de SIF. Cualquier modificación será anunciada y comunicada en la página web www.cmrpuntos.cl, www.bancofalabella.cl,y a través de los demás medios que disponga al efecto SIF, al menos con un mes de anticipación a su entrada en vigencia.

15.6.- El sólo hecho de participar en el Programa CMR Puntos implica la aceptación de todas las condiciones y reglamentaciones, al igual que las que en el futuro establezca SIF.

DÉCIMO SEXTO: MANDATO PARA CARGOS EN CUENTA

En este acto, y de acuerdo a lo contemplado en la cláusula 4.5, el Socio Participante autoriza a Servicios e Inversiones Falabella Limitada a realizar en su(s) Tarjeta(s) los cargos por concepto de precios de los productos canjeados y luego devueltos, o transacciones anuladas, en los casos en que no haya sido posible la reversa de los puntos originados con dicha compra ni la devolución de la mercadería canjeada con dichos puntos. SIF informará a Banco Falabella o Promotora CMR Falabella S.A. el monto adeudado por dicho concepto, con el fin de que éstas, según sea el caso, procedan al realizar el cargo en la cuenta correspondiente.

DÉCIMO SÉPTIMO: VIGENCIA

El presente Reglamento se encuentra protocolizado en la Notaría de Santiago de don Francisco Javier Leiva Carvajal y entrará en vigencia el día 01 de marzo del 2023, reemplazando en todas sus partes el reglamento publicado hasta dicha fecha en www.bancofalabella.cl, www.cmrpuntos.cl, y aquellos protocolizados con anterioridad a esta fecha.

Versión de fecha 27 de enero de 2023